| ¿El Docente de escuelas privadas, puede afiliarse a OSPLAD?- Respuesta ¿Un Directivo puede afiliarse a OSPLAD? - Respuesta Un Docente, ¿Qué tiene cargo en escuela pública y privada, puede afiliarse a OSPLAD? - Respuesta ¿Quién trabaja en una escuela como personal no docente, puede afilarse a OSPLAD?- Respuesta ¿Con quién tiene más de un cargo en escuela privada, como se debe proceder?- Respuesta ¿Cómo proceder con un docente suplente? Con que cobertura cuenta? - Respuesta ¿Cómo proceder con un empleado pasante? Con que cobertura cuenta?- Respuesta ¿Cuál es la diferencia normativa entre OSPLAD/OBRAS SOCIALES PROV. (EJ. IOMA, IOSPER, IOSEP, ETC.?- Respuesta ¿Puede un empleado tener dos obras sociales de distinto rango?- Respuesta ¿Qué familiares tiene cubierto el empleado con el 3% de su salario?- Respuesta ¿Cuál es el salario mínimo para recibir cobertura, si no llega que se debe hacer?- Respuesta Elegir una OS para dirigir los aportes es obligatorio y automático, afiliarse ¿También? - Respuesta ¿Cuánto demora un trabajador, afiliado, en recibir las prestaciones?- Respuesta Dónde debe realizar el empleado el tramite de afiliación?- Respuesta Si el empleado en otro trabajo ya tiene IOMA/IOSPER/, ¿Puede elegir OSPLAD?- Respuesta Si el trabajador cuenta con una prepaga, ¿Puede elegir OSPLAD? - Respuesta ¿El trabajador puede tener familiares a cargo mas allá de hijos y cónyuge?- Respuesta ¿Cuál es el código de OSPLAD? ¿Debe figurar en el recibo de sueldo?- Respuesta ¿Dónde se puede verificar a que obra social están siendo derivados los aportes de un trabajador?- Respuesta Un empleado afiliado a OSPLAD desea recibir su credencial, ¿Dónde la solicita?- Respuesta
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¿El Docente de escuelas privadas, puede afiliarse a OSPLAD? Si puede afiliarse, al iniciar la relación laboral o en cualquier momento de la misma. ¿Un Directivo puede afiliarse a OSPLAD? Si, puede afiliarse a Osplad. Un Docente, ¿Qué tiene cargo en escuela pública y privada, puede afiliarse a OSPLAD? Si, Osplad es la mejor opción para los docentes de escuelas privadas. Puede mantener las dos obras sociales. ¿Quién trabaja en una escuela como personal no docente, puede afilarse a OSPLAD? Si a Osplad puede afiliarse cualquier trabajador en relación de dependencia. ¿Con quién tiene más de un cargo en escuela privada, como se debe proceder? La situación de pluriempleo debe ser informada al empleador. En todos empleos se debe tener la misma obra social, en el caso que haya interés en modificar esta situación –tener una obra social distinta a la que se quiere elegir-, previamente se deberá realizar el trámite de opción. LINK INSTRUCTIVO GUIA TRAMITE OPCION Y FORMULARIO PLURIEMPLEO. ¿Cómo proceder con un docente suplente? Con que cobertura cuenta? Del mismo modo que con un docente no suplente, la diferencia es que el periodo de cobertura depende del tiempo que dure la suplencia. La cobertura es la misma que para un docente titular. ¿Cómo proceder con un empleado pasante? Con que cobertura cuenta? Se debe proceder del mismo modo que con el resto del personal y cuanta con idéntica cobertura. ¿Cuál es la diferencia normativa entre OSPLAD/OBRAS SOCIALES PROV. (EJ. IOMA, IOSPER, IOSEP, ETC.? Osplad es una obra social de carácter nacional, mientras que las obras sociales provinciales son institutos que cuentan con normativa propia. ¿Puede un empleado tener dos obras sociales de distinto rango? Si puede, de orden nacional solo puede pertenecer a una, si embargo de rango provincial puede pertenecer a más de una obra social. ¿Qué familiares tiene cubierto el empleado con el 3% de su salario? Todo su grupo familiar que figure registrado en el Codem – Ver link aquí En el caso que algún familiar no figure se deberá realizar el tramite de incorporación en la delegación de Anses que le corresponda.
El salario mínimo debe ser de $3012.20, en el caso de no llegar al mínimo, la diferencia –de aportes y contribuciones- deberá ser descontada por el empleador, para ello el trabajador deberá realizar una declaración jurada indicado su voluntad. Para descargar el formulario correspondiente, Click aquí Para descargar la Guía, Click aquí Para descargar la Carta para el Empleador, Click aquí Elegir una OS para dirigir los aportes es obligatorio y automático, afiliarse ¿También? El aporte es obligatorio, la afiliación es voluntaria y el trámite es personal. ¿Cuánto demora un trabajador, afiliado, en recibir las prestaciones? A partir de la presentación de su primer recibo de sueldo. ¿Dónde debe realizar el empleado el tramite de afiliación? El trámite de afiliación se realiza en la delegación más cercana a su domicilio particular o laboral. Si el empleado en otro trabajo ya tiene IOMA/IOSPER/, ¿Puede elegir OSPLAD? Por el cargo en escuela privada si puede elegir OSPLAD. Si el trabajador cuenta con una prepaga, ¿Puede elegir OSPLAD? Si puede. ¿El trabajador puede tener familiares a cargo mas allá de hijos y cónyuge? Puede tener a familiares directos –ascendientes y descendientes-, que estén a su cargo, que no cuenten con ningún tipo de beneficio social. Deberá aportar el 1.5% de su sueldo por cada familiar en esta situación. Para dicho descuento deberá presentar una declaración jurada a su empleador y realizar el trámite de afiliación en la delegación de OSPLAD. ¿Cuál es el código de OSPLAD? ¿Debe figurar en el recibo de sueldo? RNOS Nº 0-0110-2, el mismo debe figurar en el recibo de sueldo. ¿Dónde se puede verificar a que obra social están siendo derivados los aportes de un trabajador? A partir del numero de CUIL o DNI . Click aquí Un empleado afiliado a OSPLAD desea recibir su credencial, ¿Dónde la solicita? Debe solicitarla en la delegación más cercana a su domicilio. Para consultar las sedes Click aquí
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