MONOTRIBUSTISTAS CONYUGES

Estimado afiliado/a

Si Usted es beneficiario de Osplad pero también realiza tareas como monotributista, le recordamos que debe unificar obligatoriamente sus aportes realizando la opción prevista en el Decreto 504/98. Lo mismo sucede si el afiliado titular tiene Osplad por su relación laboral y el cónyuge es monotributista. En este caso también es obligatoria la unificación de aportes con el titular de la afiliación.

El trámite de unificación se debe realizar completando los formularios diseñados por la Superintendencia de Servicios de Salud para monotributistas. Una vez efectuada la opción por unificación, es necesario asentarla en el Libro de Registro de Opciones, incluyendo en el campo correspondiente a "Obra Social de Origen" la sigla "OSPLAD" y, al lado, la palabra "MONOTRIBUTO".

Los optantes podrán hacer uso de los servicios de la obra social a partir del primer día hábil del mes siguiente a la opción.

UNIFIQUE SUS APORTES
Y comience ya a utilizar los beneficios de Osplad

Informes:
En el Consejo y/o Delegación de OSPLAD más cercano a su domicilio, o en el Dpto. Afiliaciones:
Tel.: 5032-9442/43 - 0810 666 7752

OSPLAD, Obra Social para la Actividad Docente

 

 

 
 

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Obra social para la Actividad Docente
Tacuari 345 - Tel.: 5032 9400 - Capital Federal - Argentina